REAL DECRETO LEY de mejora de gestión y protección social en el ámbito del Sistema Especial para Empleados de Hogar y otras medidas de Seguridad Social.
Ayer en la reunión del Consejo de Ministros , después de seis meses en vigor, vio la luz la modificación de la Ley 27/2011, que aprobó el Gobierno socialista en su día, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social con el objetivo de regularizar la situación de las empleadas del hogar incluidas en el Régimen Especial de Empleados de Hogar.
Al ser un regimen especial, el gobierno da marcha atrás a la equiparación de un empleador con una empresa en sentido estricto reduciendo los tramos y simplificar el sistema.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley que, entre otras medidas, incluye diversos cambios para mejorar la integración de las empleadas del hogar en el Régimen General de la Seguridad Social, después de evaluar la aplicación de la reforma que aprobó el anterior Ejecutivo.
MEJORA LA INTEGRACIÓN DEL RÉGIMEN ESPECIAL DE EMPLEADOS DE HOGAR DENTRO DEL RÉGIMEN GENERAL
- Mejora los trámites en materia de afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores para agilizar los trámites de la seguridad social para empleadas hogar.
- Modifica los límites de edad para las pensiones de orfandad de huérfanos con discapacidad para evitar un trato discriminatorio respecto a su situación anterior
- Se prorroga para 2013 la flexibilización de los fondos para políticas activas de empleo
NOVEDADES MODIFICACIÓN LEY EMPLEADA HOGAR
Entre sus principales novedades,
Con el régimen jurídico anterior el sujeto obligado a presentar las solicitudes y comunicaciones de afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de los empleados de hogar es el titular del hogar familiar.
Con esta modificación, los empleados de hogar pueden ser sujetos responsables del cumplimiento de las obligaciones en materia de afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores, así como de cotización y recaudación, siempre que presten sus servicios durante un tiempo inferior a sesenta horas mensuales, cuando así lo convengan empleador y empleado.
Las bases de cotización de la seguridad social para las empleadas de hogar se modifican subiendo el mínimo anterior. Se reducen a la mitad los tramos de la escala por la que se determinan las bases de cotización por contingencias comunes y profesionales en el Sistema Especial a fin de simplificar y equilibrar las bases de cotización en este Sistema Especial, cuya aplicación resulta excesivamente complicada para la gestión. El efecto de esta reducción significará una mejora en las futuras prestaciones.